CARTILLA DE REQUISITOS PARA AUTORIZACION DE SOLICITUDES DE MODIFICACION AL REGISTRO NACIONAL AUTOMOTOR
A. REQUISITOS GENERALES PARA TODOS LOS TRAMITES
SE DEBEN VERIFICAR PARA TODOS LOS TRAMITES
1. Autorización escrita del propietario, cuando el trámite no se realice personalmente. Cuando el vehículo es registrado por persona jurídica o entidad financiera, se debe establecer la Representación Legal de la persona jurídica, la vigencia, formalidades y capacidad mediante Certificado de Existencia y Representación Legal. El Representante Legal o el suplente si no lo hacen directamente pueden otorgar poder a un mandatario.
2. Original Formulario Único Nacional - (FUN) completamente diligenciado, con firma y huellas. Al FUN se deben adherir las improntas protegidas con lámina transparente del vehículo en números de motor, serie y chasis sólo para los trámites de Traspaso, Traslado de Cuenta, Radicado de Cuenta, Cambio de Motor y Regrabación de plaqueta de serial o chasis.
3. Fotocopia simple del pago proporcional de impuestos del vehículo del año en curso con sello de pago visible o copia de declaración o pago electrónico del impuesto sobre vehículos automotores particulares. Se deberá efectuar estudio jurídico a la carpeta vehicular para determinar si está registrada alguna liquidación oficial por parte de la Dirección de Rentas mediante oficio debidamente incorporado al expediente, en consecuencia se impediría válidamente la realización de un traspaso, traslado o cancelación del registro, siempre que la Dirección de Rentas haya solicitado mediante oficio la inscripción de los actos de liquidación oficial de revisión, de aforo o resolución de sanción debidamente ejecutoriados, por el incumplimiento a la obligación del pago del impuesto automotor. Para la acreditación de pagos, es suficiente la presentación de prueba sumaria al respecto, la cual está constituida por las copias de los formularios de liquidación y pago del impuesto automotor e inclusive mediante la verificación del historial de pago de la Secretaría de Hacienda.Este requisito sólo aplica para los trámites de traspaso, cancelación de licencia de tránsito y Traslado de cuenta. Los vehículos de servicio público no pagan impuestos en el Departamento de Cundinamarca.
4. Fotocopia simple del Seguro Obligatorio (SOAT) vigente. Se debe verificar que las características y números de identificación del vehículo correspondan a los insertados en el SOAT. Este requisito no aplica para trámite de cancelación de licencia de tránsito.
5. Recibo del pago de derechos del trámite respectivo.
6. Fotocopia de cédula del representante legal y/o mandatario que interviene en el trámite.
7. Si intervienen personas jurídicas, original o fotocopia simple de los certificados de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio, Súperintendencia Financiera, Dancoop, con no más de 90 días calendario de expedido. En caso de que el propietario sea entidad pública, decreto de nombramiento y acta de posesión del representante legal de la entidad pública; o acto de delegación de funciones para adquirir o enajenar bienes.
8. Paz y Salvo de SIMIT del propietario con vigencia del día de la realización del tramite. En caso de persona jurídica también se requiere consulta de paz y salvo. Si actúan por conducto de mandatario, se requiere paz y salvo de SIMIT de la persona jurídica, representante legal que otorga el poder y del mandatario.
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